domingo, 10 de junio de 2018

S8. Actividad 1 Integración y redacción del informe final

INFORME FINAL








INTEGRACIÓN Y REDACCIÓN DEL INFORME FINAL



Informe Final



Tema: El Estudio del Derecho, La Ciencia Jurídica



Antonio Reyes González



Junio del 2018
INDICE



2.- METODOLOGIA

3.1- Antecedentes Históricos
3.2- Bases Teóricas
3.3- Áreas de Conocimiento

3.3.1.- Procesos de formación del derecho
Fuentes del derecho
La Naturaleza  y desarrollo de las leyes
Fuentes Formales Del Derecho Interno
Fuentes Del Derecho Internacional
                             
3.3.2.- Las Ciencias Jurídicas (Clasificación del Derecho)

3.3.2.1.-Derecho subjetivo:        
    • Derecho Subjetivo Político.
    • Derecho Subjetivo Publico
    • Derecho Subjetivo Civil   
    • Derechos Subjetivos Personales.         
    • Derechos Subjetivos Patrimoniales.     
    • Derechos Reales.  
    • Derechos De Crédito.
    • Derecho Objetivo.  
    • Derecho Interno o Nacional.
    • Derecho Externo o Internacional           

3.3.2.2.-Derecho público
    • Derecho Constitucional:
    • Derecho Penal
    • Derecho Procesal
    • Derecho Administrativo
    • Derecho Internacional Publico

3.3.2.3.-Derecho privado
    • Derecho Civil
    • Derecho Mercantil
    • Derecho Agrario
    • Derecho del Trabajo
    • Derecho Aéreo
    • Derecho Internacional Privado

                4.1.- Graficas e Interpretaciones
Niveles de Satisfacción de los Individuos del entorno educativo en los colegios y Universidades en la carrera del Derecho.


5.1.- Conocer la importancia científica de lo jurídico
5.1.1 ¿Qué es el Derecho?,
5.1.2 La Norma y su clasificación
5.1.3 Características de las Normas
5.1.4 Las leyes
5.1.5 Características de las leyes


7.- ANEXOS














El medio legal  es amplio, complejo y diverso, se ubica desde lo más básico e insignificante como el pago de un servicio público, pasando por lo trivial y cotidiano como el conducir nuestro vehículo y lo intrínseco a ello, hasta llegar a las relaciones sociales,  individuales  de grupo, o aquellas de mas fondo y trascendencia como son las que se dan entre estados y naciones etc.

DERECHO: La palabra proviene del vocablo latino “DIRETUM”, que significa: no apartarse del buen camino,  definirlo es limitarlo, sin embargo es sin duda alguna aquello presente en todo momento y en todo lugar, tan amplio y complejo, como diverso, necesario y apasionante, cabe señalar que la necesidad del estudio y comprensión de lo que a derecho señalamos como significado  es aquello que regula nuestra función social diaria y que como si fuera un virus se reproduce y muta según las necesidades del entorno donde se aplique, oficialmente los autores y estudiosos de la ciencia jurídica ubican la siguiente definición.

DERECHO: Es el conjunto de normas jurídicas creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso del incumplimiento está prevista una sanción judicial. 

Dado la diversidad y complejidad del la ciencia jurídica  y que esta se encuentra en una constante metamorphosis cual mariposa esperando salir de su capullo,  su estudio no es el más sencillo pero si de los  más apasionantes ,  inclusive el autor Ángel Latorre en su libro Introducción al  Estudio del Derecho nos recomienda  “Por ello el primer paso necesario y aconsejable para aquel que pretende introducirse al mundo de lo jurídico no es partir de una definición del derecho, sino inmiscuirse y comprender la problemática, así como acercarse a las diferentes soluciones propuestas” (Latorre, 2008)

















2. METODOLOGÍA


La metodología utilizada en la investigación ha sido tanto cuantitativa como cualitativa, e buscado comprender a las personas que estudian  las ciencias jurídica,  entender la causa de cómo  las relaciones humanas provocan el nacimiento y desarrollo de las ciencias jurídicas con la interacción y regulación necesaria de los entes sociales, que de ello sucede, el estudio y comprensión de las normas jurídicas, formando parte de ello, integrándose en un marco de investigación tanto teórico como practico, realizando estudios de campo y gabinete para el entendimiento y comprensión del por qué los abogados deciden estudiar derecho también conocer el  nivel de satisfacción logrado por colegios y Universidades en sus estudiantes y catedráticos como resultado de un proceso educativo, humano, histórico, cultural y social”.

 A través de la aplicación de una encuesta con la observación de los  participantes, las entrevistas y  los cuestionarios se obtuvo  la información necesaria  para analizar forma integral que provoca en los individuos la decisión por estudiar la carrera de derecho, los rangos de edad,  tanto de estudiantes como de egresados, la continuidad de los individuos en el estudio de la norma jurídica y el nivel de satisfacción obtenido y no menos importante el nivel socioeconómico logrado por egresados  como de los estudiantes actuales, logrando obtener así un punto de comparación entre el nivel de vida de un aspirante a Licenciado en derecho y el de un Licenciado en derecho titulado y ejerciendo la abogacía, logrando observar también si el aspecto económico es determinante para los individuos que deciden el estudio de la abogacía como forma de vida y sustento

La Aplicación de una entrevista a un Profesor con el grado de Maestría en derecho, nos permite crear un escenario más definido de cómo es la vida del abogado y su interacción social, en esta entrevista el profesor nos ayuda a entender el ¿cómo? , ¿Cuándo?, ¿Dónde?, ¿Por qué? y ¿para que? el individuo estudia leyes, además de compartirnos consejos y anécdotas de la vida de las leyes.














3. RESULTADOS

3.1 Antecedentes Históricos
Ciertamente no existe un consenso acerca de cuál es el origen exacto del Derecho, lass primeras manifestaciones del derecho se dan en tiempos de la prehistoria, principalmente en la forma en que nuestros antepasados hicieron valer sus derechos.

“ubi societas, ibi jus”, esto es, donde hay sociedad hay derecho.

En la historia de las civilizaciones a existido siempre la necesidad del legislador para dictar leyes de  fundamentar reglas, sancionando su incumplimiento.
Actualmente, se acepta que el posible origen del derecho se da a partir de una relación de fuerza entre personas desiguales. Esta desigualdad pudiera ser material o psíquica, pretende regular la intención de fuerza a través de la cual alguien pretenda controlar o dominar a otro, existe para resarcir una ofensa física o moral que una persona inflige a otra, el derecho asegura una pena a quien transgreda lo físico o moral a otro, regular la indemnización por el incumplimiento de una palabra o compromiso dado,
Aparece también como una reacción del Estado ante la autotutela individual, (Anarquismo) pretendiendo monopolizar el uso de la violencia como instrumento de coerción y de resolución de conflictos.
Sobre lo que sí existe un acuerdo más o menos unánime, es al considerar el Código de Hammurabi elaborado por el sexto rey babilónico Hammurabi (1728-1686 a. C.), como el primer gran texto jurídico de la historia, contenía entre otras leyes, la ley de talión (ojo por ojo, diente por diente), la cual dotaba de evidente dureza a la aplicación práctica de este Código.
Posteriormente vendrían las Tablas de la Ley (Ley Mosaica), las cuales fueron reveladas por Iahveh a Moisés (siglo XIII a. C.), en el monte Sinaí, consistentes en un conjunto de principios éticos y de adoración, que juegan un papel importante en el Judaísmo y el Cristianismo, incluyendo instrucciones precisas de como adorar a Dios, estas leyes destacaban por su profundo entroncamiento con la religión y los dioses, hasta el punto que se crearon dos tipos de obligaciones, uno entre los ciudadanos y Dios y otro entre los ciudadanos mismos.
Las constituciones griegas,  debemos mencionar que los griegos recibieron la influencia normativa de los mesopotámicos, egipcios y fenicios, correspondiendo a Dracón siglo VII A.C. dictar leyes muy severas para limitar los abusos de los nobles, y estableció por escrito la igualdad jurídica de todos los ciudadanos áticos, regulando también la administración de justicia. De ahí el nombre de “leyes draconianas” que se le da hasta hoy a las normas jurídicas que destacan por su dureza.
La Ley de las XII Tablas,  fue la primera ley escrita en Roma. Fue exigida por los plebeyos para contrarrestar los abusos y el monopolio de los patricios en la interpretación y aplicación del derecho no escrito o consuetudinario, esto tuvo lugar entre los años 460 y 450 A.C. dejando el derecho consuetudinario e imponiendo el derecho escrito, por ejemplo, las normas morales-jurídicas de “vivir honestamente” (honeste vivere) y “no dañar a otro” (alterum non laedere) no eran cumplidas fielmente por los patricios, con la nueva ley se impuso la norma jurídica de “dar a cada uno lo que le pertenece (suum cuique tribuere),lo que se hizo fue dejar de mezclar los preceptos morales-jurídicos con los primeros preceptos netamente jurídicos.
3.2 Bases Teóricas
Entendiendo que el Derecho, como todo lo relacionado con el hombre, se ve afectado por  y su interacción con el tiempo espacio, su evolución  se convierte en objeto de estudio.

La historia del Derecho es la que nos dota de sujetos de estudio, conocer la historia se vuelve fundamental para la comprensión y resolución analizar el  pasado jurídico, no solo el estudio de alguna extinta  civilización, sus instituciones, leyes o códigos, lo que consideraremos arqueología jurídica,  analizaremos la idea del derecho y de sus realizaciones  estudiaremos el Derecho en su desarrollo histórico y no simplemente como un régimen jurídico del pasado.

Se entiende entonces el desarrollo del Derecho como parte de la Historia de la humanidad, y como tal forma parte de la experiencia y de las necesidades sentidas en cada época
“La Historia del Derecho, en cuanto saber fundamentado desde el método científico, se apoya esencialmente en dos prácticas metodológicas: la histórica y la jurídica.
La Historia del Derecho fue considerada inicialmente como una especialización de la Historia general. Así, en los diferentes planes de estudio del siglo XIX, algunas disciplinas van precedidas de su correspondiente parte histórica.
Desde 1950, con García Gallo, la concepción juridicista dominante trasladó la balanza al otro extremo: la Historia del Derecho debía ser una ciencia jurídica en razón a su objeto de conocimiento (derecho del pasado) y a su método de investigación (técnica jurídica) y exposición (evolución de las instituciones o categorías jurídicas).
Además, siendo sus destinatarios alumnos de una Facultad de Derecho, la dogmática jurídica había de ser predominante. Los defensores del enfoque historicista, sin embargo, hacen hincapié por la misma razón en el fundamentación del estudio dentro de un contexto histórico.
En rigor, si el objeto y método de la Historia de Derecho vienen definidos fundamentalmente por factores jurídicos, esta disciplina debe ser una ciencia jurídica y no histórica
La Historia del Derecho, en cuanto ciencia, posee un objeto y método propios, que pueden determinar la naturaleza histórica, jurídica, social, etc. de la disciplina.” (Juspedia)
3.3 Áreas de Conocimiento
3.3.1 Procesos de formación del derecho

Fuentes del derecho: La expresión fuente del derecho se usa para designar el orden del derecho, es decir, la manera como el orden jurídico brota para su observancia. 

Existen 3 clases de fuentes del derecho:         

Fuentes Reales: son aquellos elementos que determinan el contenido de las normas jurídicas, son todos aquellos fenómenos sociales que contribuyen a la formación del derecho.        
Fuentes Formales: son los procesos de creación de las normas jurídicas, es decir, los hechos que dan a una norma el carácter del derecho: la ley, la costumbre, la doctrina, la jurisprudencia y los principios generales del derecho.     
Fuentes Históricas: están integradas por todos aquellos documentos del pasado que contienen el texto de una ley.   

3.3.2 Las Ciencias Jurídicas (Clasificación del Derecho)

3.3.2.1 Derecho subjetivo: Es el conjunto de facultades que los individuos tienen frente a los demás o frente al estado, y se divide en:  

Derecho subjetivo político: son los que tienen los individuos cuando actúan en calidad de ciudadanos. Pertenece a un determinado estado.     
Derecho subjetivo público: son los que tienen los individuos por el simple hecho de serlo, sin considerar su sexo, nacionalidad o edad.        
Derecho subjetivo civil: son los que tienen los individuos en su carácter particular o privado, por ejemplo, el derecho que tienen los hijos de pedir alimentos a sus padres, el derecho que se tiene para usar un nombre, el derecho de unirse en matrimonio, y se subdivide en:  
derechos subjetivos personales: son los que se refieren a la persona misma, no pueden desligarse del individuo, como ocurre con el nombre. (patria potestad)    
derechos subjetivos patrimoniales: son los de carácter económico, los derechos subpatrimoniales se dividen en: 
derechos reales: son los que conceden a un titular un poder directo, sobre la cosa-materia, sobre la que cae el derecho (derecho a la propiedad).         
Derechos de crédito: son aquellos que facultan a una persona para exigir a otra el cumplimiento de una obligación (acreedor - deudor). 
Derecho objetivo: es el conjunto de normas jurídicas que en si forman la maquinaria jurídica, o es un conjunto de normas de preceptos imperativo-atributivo de reglas que imponen deberes y conceden facultades, y se divide en:    
derecho interno o nacional: establece situaciones jurídicas que ocurren dentro del estado.            
Derecho externo o internacional: regula situaciones jurídicas que se llevan a cabo entre países distintos o bien entre ciudadanos de distintas nacionalidades.      


3.3.2.2 Derecho público: Está compuesto por el conjunto de normas jurídicas que regulan la actuación de los individuos frente al estado, así como las relaciones de los estados, como entidades soberanas entre sí. El derecho público se subdivide en las siguientes ramas:           
           
Derecho constitucional: (que es el derecho político). Conjunto de normas que regulan la estructura de la administración. Pública, así como el funcionamiento de los órganos políticos supremos, establece también la situación del ciudadano frente al estado, además señala la forma de gobierno.
Derecho penal: conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad.
Derecho procesal: conjunto de normas jurídicas que regulan los procedimientos que deben seguirse para hacer posible la aplicación del derecho.        
Derecho administrativo: es la rama del derecho público que se ocupa de regular el funcionamiento de los órganos ejecutivos del estado y la prestación de los servicios públicos.            
Internacional público: conjunto de normas que rigen las relaciones de los estados entre si señalándoles además sus deberes y derechos recíprocos. 


3.3.2.3 Derecho Privado: lo componen todas aquellas normas jurídicas que regulan las relaciones de los individuos en su carácter particular, establece las situaciones jurídicas de los particulares y sus relaciones reciprocas y se subdivide en las siguientes ramas:       

Derecho civil: es un conjunto de normas que rigen las relaciones de los particulares entre si y de aquellos con el estado, actuando este último sin su carácter de ente soberano.           
Derecho mercantil:
conjunto de normas jurídicas que regulan los actos de comercio y a los comerciantes en el ejercicio de sus actividades. 
Derecho agrario: también llamado derecho rural, es definido como la rama del derecho que contiene las normas reguladoras de las relaciones jurídicas concernientes a la agricultura. Ley 5879 del i.a.d.         
Derecho del trabajo: también llamado derecho obrero o legislación industrial, es el conjunto de normas que rigen las relaciones entre los trabajadores y patrones.          
Derecho aéreo: es la disciplina que estudia las normas relativas a la navegación aérea, a las aeronaves y al espacio aéreo, como elementos indispensables de tal navegación.     
Derecho internacional público:
conjunto de normas que rigen las relaciones de los estados entre si señalándoles además sus deberes y derechos recíprocos.          
Derecho internacional privado:
conjunto de normas jurídicas que rigen a los individuos nacionales cuando se encuentran en otro estado, es decir cuando existen situaciones jurídicas entre personas de diversas nacionalidades.   

Como se ha visto el origen de el estudio del derecho, data de la prehistoria y la necesidad de especialistas en el área jurídica son imprescindibles y necesarios, es por ello que así como se reproducen las sociedades, a bien gracias nacen nuevos estudiosos del tema y heredan, conservan desarrollo y comparten los conocimiento y experiencias relativas a la metamorphosis de la ciencia jurídica.
Sin embargo esto no significa que con ello la ciencia jurídica se entendida y comprendida en igualdad de pensamiento, cada individuo da a la ciencia jurídica su propia interpretación, es por ello que la importancia de generar una base de igualdad jurídica de los temas sea el principal eje rector del estudio de la ciencia (jurisprudencia)
Conocer a los individuos de forma mas particular y al mismo tiempo encontrar las relaciones comunes entre ellos, aprovechando para ello la representación por graficas.
4.1. La siguientes grafica se observan las representaciones estadísticas obtenidas
Observamos que solo 1 de las personas encuestadas dejo la carrera de derecho
7 de cada 10 individuos encuestados son egresados y ejercen la abogacía

La pregunta 3 se refiere al nombre de los individuos encuestados, por respeto a su privacidad omitimos la informacion.
Observamos que la relación entre mujeres abogadas y hombre es de un 60 -40 siendo mayoría la representación femenina




 En esta Grafica observamos los rangos de edad de los individuos encuestados, en donde observamos que los estudiantes representan un 30% encontrándose en el rango de edad de los 18 a los 25 años, y los catedráticos representan u n porcentaje similar del 30% siendo estos de 50 años o mayores y que son quienes nos alimentan con su experiencia, mientras que un 40 por ciento se reparte entre los recién egresados y los abogados que ejercen sin dar cátedra.




En esta grafica observamos que el nivel socioeconómico de los individuos que eligen la abogacía como forma de vida es relativamente optimo encontrándose en un punto mínimo de nivel D con un 30 % de los encuestados, un 30 % se encuentra en un Nivel D+ y el 40 % restante se ubica en un nivel socioeconómico C, cabe señalar que en este rango se encuentran los mayores de 50, que además de ejercerla abogacía, dan cátedra y tienen una vida de experiencia ya realizada, observando así que la carrera de  derecho es una buena opción para un nivel de vida mediano sin llegar a ostentoso.






En esta grafica observamos el market share Universitario, es decir el nivel de participación que tienen la universidades en la formación de abogados, siendo la UNAM el primer lugar con un 40 % seguidas por las otras 6 instituciones que cada una representan un 10%
Esta grafica nos indica el origen de interés de los individuos por la abogacía, siendo la más común el propio, seguido por la motivación familiar.



En esta grafica representamos la continuidad que tienen los estudiosos de la abogacía en la actualización de sus conocimientos, siendo solo 1 de cada 10 quien abandona la profesión de las leyes.
Niveles de Satisfacción de los Individuos del entorno educativo en los colegios y Universidades en la carrera del Derecho.
En lo general hay una buena aceptación del método de enseñanza - aprendizaje.

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La motivación en clase no llega a ser excelente pero es participativa.
Si bien todos sabemos que el entender las norma jurídicas no es sencillo (jurisprudencia,) hay un equilibrio en el entendimiento de los individuos respecto a las clases impartidas por los profesores.
La aceptación de los individuos de los planes de aprendizaje y su puesta en práctica para el desarrollo de las habilidades legales es muy alta siendo 7 de cada 10 con excelencia y los  3 restantes con buena aceptación
Los procesos de investigación, la puesta en práctica, el desarrollo de las habilidades legales es muy alta siendo 7 de cada 10 con excelencia y los  3 restantes con buena aceptación.
Aquí observamos que no toda la comunidad tiene acceso a las actividades de investigación, siendo 1 individuo quien no tiene acceso a estas actividades, 3 individuos tienen un acceso favorable y 6 tienen todas las facilidades para realizar investigación.



5. Conclusiones y Recomendaciones
Así como los temas jurídicos pueden ser universales, así también suelen ser tan particulares como cada individuo en este mundo y también el interés de estos individuos por el estudio y desarrollo de la materia legal, ante un escenario tan amplio, para encontrar justificaciones, de por qué tomar la decisión de ser estudiosos de la materia legal, optamos por realizar una encuesta con objetivos que nos lo permitieron
También encontramos en la opinión de un experto, los consejos para ser estudiante de derecho y no fracasar en su intento por terminar la carrera, siendo la tenacidad, constancia, profesionalismo, dedicación y el compañerismo los requisitos más elementales
Audio de Entrevista


5.1 Conocer la importancia científica de lo jurídico

5.1.1 ¿Que es el Derecho?,

DERECHO: La palabra proviene del vocablo latino “DIRETUM”, que significa: no apartarse del buen camino.        
Es el conjunto de normas jurídicas creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso del incumplimiento está prevista una sanción judicial.         

El derecho se nos presenta como un sistema de reglas de conducta de carácter obligatorio, impuesto por la autoridad, la cual asegura su eficacia amenazando con sanciones a los infractores y en ocasiones, forzando a su cumplimiento hasta vencer la resistencia del rebelde. 
           
La misión del derecho consiste en señalar a cada cual sus derechos, sus facultades y obligaciones, es decir, ¿qué es lo suyo? ¿Qué es lo que puede hacer cada cual? ¿Qué es lo que debe hacer cada uno? 

La utilidad del derecho  Es la de servir para organizar la convivencia social humana dentro de cierto grado de armonía, garantizando la paz, la seguridad y el orden social sobre las bases de equidad y justicia.
Claro está que la existencia del derecho no logra evitar los conflictos humanos, pero si disminuye su número y da las bases necesarias para la solución de los que inevitablemente se presenten. 

5.1.2 La Normas y su clasificación

Norma: es un término que proviene del latín y significa “escuadra”. Una norma es una regla que debe ser respetada y que permite ajustar ciertas conductas o actividades.

Normas jurídicas o del derecho: Tienen como objeto la regulación de la conducta para con los demás, a fin de organizar la vida social, previniendo los conflictos y dando las bases para su solución. Encontramos tales normas en los códigos, leyes, reglamentos, decretos, etc. 

Normas morales: Tienen por finalidad el orientar al hombre hacia el bien, hacia la pureza, invitándolo a practicar el bien y a evitar el mal. Estas normas las encontramos en el trato moral.       

Normas religiosas: Se suponen elaboradas e impuestas por la divinidad y regulan la conducta del hombre señalándole sus deberes para con dios, para consigo mismo, y para con sus semejantes. Estas reglas las encontramos en los libros sagrados de la religión correspondiente (la biblia, el Corán, el talmud).        

Normas del trato social: Tienen por objeto hacer más llevadera la convivencia en sociedad y evitar situaciones bochornosas, ya que se refieren a la urbanidad, al decoro, a la cortesía, al vestido, etc., estas las encontramos en los códigos de honor, las reglas de etiqueta, etc. 

5.1.3 Características de las normas

1.    Autonomía: Facultad de gobernarse por sus propias leyes. 
2.    Heteronomia: Estar sometido a la autoridad o mandato de otro. 
3.    Interioridad: Motivos internos, la conducta, propósitos, etc.           
4.    Exterioridad: Le interesan primordialmente las manifestaciones externas, las acciones, los resultados, etc.       
5.    Unilateralidad: Impone deberes a una sola persona.          
6.    Bilateralidad: Impone deberes y obligaciones a ambas personas.           
7.    Incoercibilidad: No se cumple por medio de la fuerza.        
8.    Coercibilidad: Se obliga a viva fuerza.            

5.1.4 Las leyes y sus características.

Ley: es una norma de conducta dictada por el poder legislativo de carácter general, obligatoria, abstracta y sancionada por la fuerza.


5.1.5 Las características de las leyes son:   

Generalidad: son generales porque se aplican a todas aquellas personas que se encuentran en un hecho determinado.          
Obligatoriedad: consiste en que ésta necesariamente debe ser cumplida para tal caso, existen órganos judiciales que obligan a la observancia de la misma imponiendo sanciones a los infractores.          
Retroactiva: cuando se aplica a hechos que ocurrieron cuando regia otra disposición anterior. Establece que a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. La ley puede aplicarse retroactivamente en los casos en que no perjudique a nadie. 





























6. Fuentes de consulta o Bibliografía.
García Máynez, E. (2004). Introducción al estudio del derecho, 56 edicion. Mexico: Porrua.
Juspedia. (s.f.). juspedia. Recuperado el 25 de 05 de 2018, de https://juspedia.es/libro/historia/2217-la-historia-del-derecho-como-ciencia
Latorre, A. (2008). Introducción al estudio del Derecho. Carrer de la Botànica, 176-178, 08908 Hospitalet de Llobregat, Barcelona, España: Book Print Digital.
Moreno Navarro, G., Ramos Ochoa, H., & Ramírez Neri, H. (s.f.). Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho. Recuperado el 24 de 05 de 2018, de https://www.derecho.unam.mx: https://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=3&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwin2rbg9Z_bAhUBOawKHfNiDjwQFghJMAI&url=https%3A%2F%2Fwww.derecho.unam.mx%2Foferta-educativa%2Flicenciatura%2Fsua%2FGuias%2FGuias_1471%2FPrimer%2520Semestre%2FIntro
Reyes Mendoza, L. (2012). Introducción al estudio del derecho, Primera edición. Viveros de Asís 96, Col. Viveros de la Loma, Tlalnepantla, C.P. 54080, Estado de México, Merxico: RED TERCER MILENIO S.C.
Rodríguez Aren, R. A. (s.f.). monografias.com. Recuperado el 24 de 05 de 2018, de http://www.monografias.com|
7. Anexos:

Encuesta

Representación por graficas

Bitácora de investigación


Audio de Entrevista

https://www.mixcloud.com/antonio-reyes-gonzalez/entrevista-s6-actividad-2/

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